Recurso por exigir a un Arquitecto Tecnico el titulo de master en prevención de riesgos laborales

El Tribunal de Instancia de las Palmas de Gran Canaria ha estimado el recurso interpuesto por el Colegio de Gran Canaria contra el Pliego de Prescripciones Técnicas correspondiente a la licitación de servicios de dirección de obra, dirección de ejecución de obra, dirección de ejecución de instalaciones y coordinación de seguridad y salud para el acondicionamiento de unas naves.

En concreto, lo que se impugna es que el PPT requiere como criterio de solvencia técnica para optar al lote 4 (coordinación de seguridad y salud), además de tener el título de Arquitectura, Arquitectura Técnica, Ingenierías Técnicas o grados equivalentes, estar en posesión de un Máster en prevención de riesgos laborales. Reclama el Colegio que la exigencia de este Máster no es proporcionada ni justificada, distinguiendo entre la coordinación de seguridad y salud establecida en el RD 1627/1997 y la coordinación de actividades preventivas a la que se refiere el RD 171/2004.