Entrada en vigor de la obligación de acreditarse en el Registro Administrativo Centralizado de Técnicos Competentes para suscribir Certificados de Eficiencia Energética, regulado en el art. 4 quáter del Real Decreto 390/2021, tras su modificación por el Real Decreto 659/2025, de 22 de julio.
El procedimiento de registro se tramita a través de la sede electrónica del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITERD):
https://sede.miteco.gob.es/portal/site/seMITECO/fichaprocedimiento?procedure_suborg_responsable=202&procedure_etiqueta_pdu=null&procedure_id=1178&by=theme
Antes de iniciar el procedimiento, se recomienda consultar detenidamente las instrucciones y la documentación complementaria disponible tanto en la página web del propio Ministerio (https://www.miteco.gob.es/es/energia/eficiencia/certificacion-energetica/tecnico-competente.html).
Cabe destacar que los y las profesionales de la Arquitectura Técnica son competentes para realizar todo tipo de CEEs, sin requisitos formativos adicionales, por estar encuadrados en la vía de acceso:
https://www.miteco.gob.es/content/dam/miteco/es/energia/files-1/Eficiencia/CertificacionEnergetica/t%C3%A9cnico-competente/Guia%20-%20Acceso%20a%20actividad%20de%20Tecnico%20Competente%20a%20traves%20de%20titulos%20universitarios.pdf